Durante la mañana del martes 14 de octubre se llevó a cabo la primera reunión informativa sobre el Proyecto de Ley de Buenas Prácticas Agrícolas para la Aplicación de Fitosanitarios, en la que la Federación Argentina de Cámaras Agroaéreas (FeArCA), acompañando a las entidades que integran la Red de Buenas Prácticas Agropecuarias (Red BPA), participó del encuentro con la Comisión de Agricultura y Ganadería y la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano de la Cámara de Diputados de la Nación.
La reunión fue encabezada por el presidente de la Comisión de Agricultura, Atilio Benedetti, y contó con la participación de cerca de 30 diputados, entre los cuales se encontraban los diputados Gustavo Giordano, Martín Ardohain, Pablo Ansaloni, Maximiliano Ferraro, entre otros, quienes intercambiaron opiniones sobre el proyecto. También expuso su punto de vista el secretario de Agricultura de Córdoba, Marcos Blanda, y representantes de entidades como Coninagro, CREA y la Bolsa de Cereales de Buenos Aires.
Por FeArCA estuvo presente su secretario, Juan Molina, quien acompañó el trabajo de las entidades que integran la Red BPA en esta instancia de diálogo legislativo, reafirmando el compromiso del sector aeroagrícola con la promoción de buenas prácticas de aplicación y la sustentabilidad productiva.
El Ingeniero Agrónomo Ramiro Cid, de la RedBPA representando a FeArCA, precisó que el proyecto define varias zonas, como la zona sensible que “es aquella que no se puede hacer ningún tipo de aplicación agrícola” como pueblos, escuelas o zonas protegidas por ser parques nacionales o corrientes de agua; aledaño a esa, tenemos una zona de exclusión, donde no es posible hacer ningún tipo de aplicación; y, al margen de la zona de exclusión, de forma adyacente, está la zona de amortiguamiento que demanda una serie más de requerimientos.
Desde FeArCA celebramos la presentación del Proyecto de Ley Nacional de Buenas Prácticas Agropecuarias, que representa un avance importante hacia la armonización de criterios técnicos y ambientales en todo el país.
Sin embargo, consideramos necesario revisar la redacción referida a las condiciones ambientales de aplicación, especialmente en lo relativo a la humedad relativa mínima del 50% y temperatura ideal menor a 25°C.
Estos valores, si se establecen como condiciones obligatorias dentro de una ley, podrían generar limitaciones innecesarias y no reflejar el estado actual de la tecnología ni las prácticas reales de campo.
Hoy en día, los sistemas de pulverización —tanto terrestres como aéreos y con drones— permiten realizar aplicaciones seguras y de alta calidad incluso con humedades relativas menores al 50%, gracias al uso de tecnologías de control de deriva, selección de tamaño de gotas, aditivos específicos y equipamiento de precisión.
Por ello, sugerimos que la ley no fije valores numéricos rígidos, sino que haga referencia a la necesidad de garantizar condiciones que minimicen el riesgo de deriva y maximicen la eficiencia de aplicación, dejando a la reglamentación técnica (protocolos, resoluciones o manuales de buenas prácticas) la definición de esos parámetros, ajustables a los avances tecnológicos y a la diversidad de sistemas.
