El Gobierno nacional dispuso un conjunto de medidas para asegurar el abastecimiento de gasoil, aumentando el porcentaje de corte de biodiesel y otorgando beneficios impositivos a su importación.
Las medidas se tomaron respectivamente a través de la resolución 438/2022 de la Secretaría de Energía, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 330/2022 y el decreto 329/2022, todos publicados este jueves en un suplemento extraordinario del Boletín Oficial.
El corte de biodiesel pasó del 5% vigente al 7,5% del volumen total del gasoil según la resolución, pero el DNU (que modifica aspectos de la ley 27.640) dispone un adicional de 5 puntos porcentuales más de manera excepcional por 60 días.
Por su parte, mediante el decreto 329 se creó el Régimen de Incentivos al Abastecimiento Interno de Combustibles (Riaic), por el que las refinadoras podrán solicitar un monto equivalente a lo que deban pagar en concepto de impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono en la importación de gasoil.
Con las dos primeras se espera «incrementar la oferta nacional de gasoil en unos 90.000 metros cúbicos mensuales», señaló al respecto el secretario de Energía, Darío Martínez.
La resolución de Energía estableció que «todo combustible líquido clasificado como gasoil o diésel oil que se comercialice dentro del territorio nacional deberá contener un porcentaje obligatorio de biodiésel de 7,5%, en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final».
Ese nuevo porcentaje implica un aumento del 50% sobre el 5% vigente, tal como fuera adelantado el miércoles por Fernández y el jefe de Gabinete, Juan Manzur, además del Ministerio de Economía mediante un comunicado.
El DNU, por su parte, determinó que de manera adicional y por el término de 60 días corridos estará en vigencia el «Régimen de Corte Obligatorio Transitorio Adicional de Biodiésel» (Cotab), destinado a incrementar la capacidad de abastecimiento de gasoil grado 2 y grado 3″.
Con este régimen se fijó «en forma excepcional y transitoria» un corte obligatorio adicional y temporario de biodiésel de 5%, respecto al corte obligatorio vigente.
El volumen adicional «podrá ser contratado libremente por las Refinerías entre todos los productores con un precio máximo igual a la paridad de importación de Gasoil», aclaró Martínez.
En cuanto a la importación, el beneficio rige para las empresas refinadoras y será equivalente a la suma que deban pagar en concepto de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono
En el caso de las refinerías integradas, se adicionará un monto equivalente al que resulte de multiplicar el anterior por «el 150% del volumen de crudo abastecido a refinerías identificadas por la Autoridad de Aplicación como Pequeñas Refinerías de Regiones Afectadas», indicó el decreto.
La norma aclaró que estas pequeñas refinerías serán seleccionadas siempre que «por motivos relacionados con su posición geográfica, por la situación declinante de la cuenca de crudo de las que son principalmente abastecidas y/o por carecer de oferta de crudo local en condiciones de mercado se vean imposibilitadas de utilizar al máximo su capacidad de refinación, por hasta un volumen equivalente al 20% de la capacidad de refinación de la pequeña refinadora abastecida».
En los considerandos del DNU se indicó que «frente a este escenario de escasez y altos precios del gasoil, junto con un creciente aumento de la demanda interna e inconvenientes en la logística de importaciones de dicho combustible que dificulta un adecuado y completo abastecimiento de los volúmenes que requiere el mercado argentino, resulta imprescindible asegurar el abastecimiento del mercado interno de gasoil». «Ante ello, se torna indispensable adoptar medidas transitorias y paliativas con la finalidad de otorgar previsibilidad y certeza a la disponibilidad de este combustible imprescindible para múltiples usos, entre ellos y principalmente, el transporte», completó.
Fuente: https://www.todoagro.com.ar/